Biden´s Family, Burisma and Corruption

Biden´s Family, Burisma and Corruption

U.S. Senate Committee on Homeland Security and Governmental Affairs
U.S. Senate Committee on Finance Majority Staff Report

TABLE OF CONTENTS:

I. EXECUTIVE SUMMARY
II. INTRODUCTION
III. CONFLICTS OF INTEREST
IV. THE VICE PRESIDENT’S OFFICE AND STATE DEPARTMENT OFFICIALS WERE AWARE OF BUT IGNORED CONCERNS RELATING TO HUNTER BIDEN’S ROLE ON BURISMA’S BOARD.
V. SECRETARY OF STATE JOHN KERRY FALSELY CLAIMED HE HAD NO KNOWLEDGE ABOUT HUNTER BIDEN’S ROLE ON BURISMA’S BOARD.
VI. STATE DEPARTMENT OFFICIALS VIEWED MYKOLA ZLOCHEVSKY AS A CORRUPT, “ODIOUS OLIGARCH,” BUT VICE PRESIDENT BIDEN WAS ADVISED NOT TO ACCUSE ZLOCHEVSKY OF CORRUPTION.
VII. WHILE HUNTER BIDEN SERVED ON BURISMA’S BOARD, BURISMA’S OWNER, ZLOCHEVSKY, ALLEGEDLY PAID A $7 MILLION BRIBE TO UKRAINE’S PROSECUTOR GENERAL’S OFFICE TO CLOSE THE CASE.
VIII. HUNTER BIDEN: A SECRET SERVICE PROTECTEE WHILE ON BURISMA’S BOARD.
IX. OBAMA ADMINISTRATION OFFICIALS AND A DEMOCRAT LOBBYING FIRM HAD CONSISTENT AND SIGNIFICANT CONTACT WITH FORMER UKRAINIAN OFFICIAL ANDRII TELIZHENKO.
X. THE MINORITY FALSELY ACCUSED THE CHAIRMEN OF ENGAGING IN A RUSSIAN DISINFORMATION CAMPAIGN AND USED OTHER TACTICS TO INTERFERE IN THE INVESTIGATION.
XI. HUNTER BIDEN’S AND HIS FAMILY’S FINANCIAL TRANSACTIONS WITH UKRAINIAN, RUSSIAN, KAZAKH AND CHINESE NATIONALS RAISE CRIMINAL CONCERNS AND EXTORTION THREATS.
XII. CONCLUSION

XI. HUNTER BIDEN´S AND HIS FAMILY´S FINANCIAL TRANSACTIONS WITH UKRAINIAN, RUSSIAN, KAZAKH AND CHINESE NATIONALS RAISE. Conclusion

The records acquired by the Committees show that Hunter Biden and his family were involved in a vast financial network that connected them to foreign nationals and foreign governments across the globe. Hunter Biden and Archer, in particular, formed significant and consistent financial relationships with the corrupt oligarch Mykola Zlochevsky during their time working for Burisma and their firms made millions of dollars from that association while Joe Biden was vice president and the public face of the Obama administration’s Ukraine policy.

Rosemont Seneca Thornton, an investment firm co-founded by Hunter Biden, received $3.5 million in a wire transfer from Elena Baturina, who allegedly received illegal construction contracts from her husband, the former mayor of Moscow. Moreover, Archer’s apparent receipt of money for a car from Kenges Rakishev of Kazakhstan while Vice President Biden was in Kyiv is especially concerning in light of the timing. And finally, Biden and Archer’s work with Chinese nationals connected to the Communist regime illustrate the deep financial connections that accelerated while his father was vice president and continued after he left office.

Biden and Archer found willing partners in Chinese nationals connected to the Communist regime. Their work in China began at least in 2009, with the creation of Rosemont Seneca Partners with Heinz, Secretary of State John Kerry’s stepson. Then, several years later, Biden and Archer formed BHR with Bohai Capital and received their business license approval in China shortly after Biden visited China with his father, Vice President Biden.

Hunter Biden’s connections and financial associations appear to have accelerated significantly after he associated himself with Ye Jianming, who had deep connections with the Communist regime and PLA. However, that didn’t seem to have any impact on Hunter Biden, who made millions from the relationship. Indeed, Hunter Biden and his family, to include James and Sara Biden, associated with other Chinese nationals such as Gongwen Dong. In one case, the three of them went on a 100,000 global spending spree after Gongwen Dong and Hunter Biden opened a joint account. In addition, Hunter Biden received millions of dollars over a period of years from Gongwen Dong’s companies. According to records acquired by the
Committees, many of these transactions involved potential criminal financial activity.

The records acquired by the Committees show consistent, significant and extensive financial connections among and between Hunter Biden, James Biden, Sara Biden, Devon Archer, and Chinese nationals connected to the Communist regime and PLA as well as other foreign nationals with questionable backgrounds. These connections and the vast amount of money transferred among and between them don’t just raise conflicts of interest concerns, they raise criminal financial, counterintelligence and extortion concerns. The Committees will continue to evaluate the evidence in their possession.

XII. CONCLUSION.
As the Chairmen’s report details, Hunter Biden’s role on Burisma’s board negatively impacted the efforts of dedicated career-service individuals who were fighting to push for anticorruption measures in Ukraine. Because the vice president’s son had a direct link to a corrupt company and its owner, State Department officials were required to maintain Situational awareness of Hunter Biden’s association with Burisma. Unfortunately, U.S. officials had no other choice but to endure the “awkward[ness]” of continuing to push an anticorruption agenda in Ukraine while the vice president’s son sat on the board of a Ukrainian company with a corrupt owner. As George Kent testified, he “would have advised any American not to get on the board of Zlochevsky’s company.”


Yet, even though Hunter Biden’s position on Burisma’s board cast a shadow over the work of those advancing anticorruption reforms in Ukraine, the Committees are only aware of two individuals who raised concerns to their superiors. Despite the efforts of these individuals, their concerns appear to have fallen on deaf ears.

Former Secretary Kerry’s December 2019 denial of having any knowledge about Hunter Biden or Burisma is inconsistent with the evidence uncovered by the Committees. Kerry was briefed about Hunter Biden, Burisma and Christopher Heinz the day after Burisma announced Hunter Biden joined its board. Additionally, Secretary Kerry’s senior advisor sent him press clips and articles relating to Hunter Biden’s board membership. This appears to be yet another example of high-ranking Obama administration officials blatantly ignoring Hunter Biden’s association with Burisma.

Several witnesses highlighted efforts to enable a successful investigation of Zlochevsky, and also noted that the U.S. decision to condition a $1 billion loan guarantee was made in part because of the then-Ukrainian prosecutor general’s failure to pursue a case against Zlochevsky. But at the end of the day, between 2014 through 2017, despite the concerted effort of many U.S. officials, not one of the three different Ukrainian prosecutor generals held Zlochevsky accountable.

The Obama administration and the Democrat lobby shop Blue Star Strategies had consistent and extensive contact with Andrii Telizhenko over a period of years. Yet despite these well-documented contacts with Democratic officials, Democrats have attempted to impugn this investigation for having received some Blue Star-related records from Telizhenko. Some Democrats have even (incorrectly) identified Telizhenko as the Committees’ “star witness.” Although he produced a small number of Blue Star-related records to the Committees, the Committees never interviewed him as part of this investigation.

Even though almost all of the Committees’ records are from U.S. agencies and U.S. officials or persons, Democrats have repeatedly misconstrued the facts of this investigation and have smeared it as a Russian disinformation campaign. In doing so, they conveniently have ignored their own long history of meeting with Telizhenko and his yearlong work for a Democrat lobby shop. If Democrats are concerned that Telizhenko presents any risk of advancing disinformation, it is notable that the Ranking Members have not expressed any curiosity about his work with the Obama administration or Blue Star Strategies.

The records acquired by the Committees also show that Hunter Biden and his family were involved in a vast financial network that connected them to foreign nationals and foreign governments across the globe. Hunter Biden and Devon Archer, in particular, formed significant and consistent financial relationships with the corrupt oligarch Mykola Zlochevsky during their time working for Burisma, and their firms made millions of dollars from that association while Joe Biden was vice president and the public face of the Obama administration’s Ukraine policy. Rosemont Seneca Thornton, an investment firm co-founded by Hunter Biden, received $3.5 million in a wire transfer from Elena Baturina, who allegedly received illegal construction contracts from her husband, the then-mayor of Moscow. Moreover, Archer’s apparent receipt of money for a car from Kenges Rakishev of Kazakhstan while Vice President Biden was in Kyiv is especially concerning in light of the timing. And finally, Biden and Archer’s work with Chinese nationals connected to the Communist regime illustrate the deep financial connections that accelerated while Joe Biden was vice president and continued after he left office.

The Chairmen’s investigation has faced many obstacles from the minority and from executive agencies that have failed to comply with document requests. Accordingly, there remains much work to be done.

More: https://t.co/XZE49751FA?amp=1

Es una operación militar

Es una operación militar

Trump no se postuló solo para otras elecciones de 4 años en 2016: los militares se acercaron a Trump para postularlo y toda su victoria ha sido y sigue siendo una operación militar.

Los primeros 4 años de Trump fueron, primero, para drenar el pantano inferior. El pantano era / es profundo e incorporó todas las industrias del mundo, banca, cine, farmacéutica, alimentos, lo que sea que lo controlaban; mucho se ha manejado.


HAY QUE HACER ALUSIÓN a que Barack Obama, antes de dejar el cargo, firmó una orden ejecutiva para perdonar a cualquier persona anterior de cualquier crimen en el gobierno. Es por eso que nadie fue responsabilizado cuando Trump asumió el cargo.

Estos monstruos del pantano no podían ser juzgados por esos crímenes (es decir, el escándalo del correo electrónico de Hillary, la Fundación Clinton, el espionaje de la FISA sobre la campaña de Trump, etc.) ~ solo se podían juzgar los crímenes DESPUÉS de que Obama dejara el cargo. Los militares debían atraparlos en el acto de cometer delitos con pruebas.

Ahora miren, el presidente Trump dijo en su discurso del 7 de enero de 2021: «habrá una transición de poder sin problemas y ordenada», esto de ninguna manera significa que el presidente Trump está transfiriendo el poder de su primer mandato a Joe Biden!

Estamos pasando de la extinta USA Corporación a la República (no Biden). El presidente Trump técnicamente no obtendrá un «segundo mandato» y, como tuiteó, «no estará en el Día de Inauguración en enero. Esto significa que no habrá un Día de Inauguración. Este fue el último mandato registrado de un presidente que sirvió en la «Corporación Estadounidense» que desmanteló la Ley Bancaria de 1781 de Inglaterra. Estados Unidos volverá a ser una República y Donald J. Trump será el primer presidente de la nueva república con la Constitución íntegramente intacta.

Ahora bien si repasan lo que llegué a comentarles por filtración que nos fue dada, la fecha de inicio de la nueva República es el 4 de Marzo de 2021 ~ esta era la fecha de inicio original del nuevo presidente (hasta que fue cambiada bajo FDR en 1933).

Trump, dijo: «Nuestro increíble viaje apenas está comenzando».

No importa cómo se vea, todo es óptica; Las operaciones militares han pensado en todo. Trump obtuvo una victoria abrumadora y será el presidente ~ de la Nueva República. Las bestias del pantano necesitaban cometer su crimen durante los últimos 4 años; y ahora han sido atrapados. ¿VA SONANDO MÁS LÓGICO?

Certificar una elección deliberadamente fraudulenta como lo hicieron Pence y el Congreso es traición. TRUMP, mientras esté en la presidencia, tiene el poder de invocar el acta de insurrección. La Ley de Insurrección se ocupa de la traición a nivel militar. ¿Por qué el presidente no involucró antes la Ley de Insurrección? Porque se trata de militares y la gente lo habría acusado de dictador.

Les ha dado a todos una amplia oportunidad de aclarar las elecciones fraudulentas: la Corte Suprema, el DOJ, los tribunales, el Congreso y el vicepresidente. Todos eligieron su carril en su mayor parte y optaron por certificar una elección (a sabiendas) fraudulenta.

LA LEY Y EL ORDEN
LA LEY Y EL ORDEN
LA LEY Y EL ORDEN

Muchos partidarios de Trump han sido presionados y amenazados por el estado profundo, siempre lo han hecho. TRUMP ha sido atentado y ha sido movido de lugares,… LO DESEAN MUERTO.

No subestimen al presidente y esta operación militar. Trump a menudo parece débil antes de ganar (también lo he dicho) Twitter y Facebook ahora prohíben y censuran al presidente ~ esto le da al presidente la oportunidad de usar el Sistema de Transmisión de Emergencia (establecido en 2018) para contactar a todos los estadounidenses para saber lo que necesitarán escuchar sobre los próximos pasos.

Nancy Q – Anon

Alguien tiene que proteger a los niños

Alguien tiene que proteger a los niños

Desde la aparición de casos de infección por coronavirus en España se han tomado medidas políticas de confinamiento y de limitación de derechos fundamentales que carecen de soporte documental, sin que exista constancia de informes técnicos, jurídicos, sanitarios, médicos o económicos para dichas medidas. Esta asociación ha pedido dichos documentos judicialmente y, a fecha de hoy, ningún Ministerio ha entregado documento justificativo alguno.

​Es un hecho no controvertido que este virus no afecta a los niños y cuando los afecta es de forma leve.

Es un hecho no controvertido que los niños en contacto en cuanto a niños asintomáticos, no transmiten la enfermedad.

​Es un hecho no controvertido que este virus no se transmite por contacto físico, ni a través del aire en espacios abiertos ni en espacios cerrados.

Es un hecho no controvertido que una buena higiene, una buena alimentación y el ejercicio al aire libre, son factores protectores contra todo tipo de infecciones víricas. Igualmente, el estrés, el miedo y el aislamiento, son factores por sí mismos inmunosupresores y perjudiciales.

​Es un hecho no controvertido que existen remedios caseros que ayudan a los infectados y fármacos de fácil acceso como la Hidroxicloroquina que previenen y resuelven infecciones graves.

​Es un hecho no controvertido que la vacunación de cualquier otra enfermedad infectocontagiosa, no es un factor de protección de ninguna otra. Así, vacunarse del Tétanos o del sarampión, no sirve en nada ante la posibilidad de contraer coronavirus.

​Abundando en lo anterior, la vacunación en España, por imperativo legal, es voluntaria en todas las edades de la vida y en el caso de los menores corresponde a sus padres tomar dicha decisión con libertad, sin presiones de ningún tipo y después de tener información completa y no sesgada. Esta asociación ya se dirigió al Ministerio de Sanidad para obtener información completa y no sesgada de todas las vacunas que hay en el mercado y se nos negó dicha información en base a dos razones:

  • (1) no existe en el ministerio más información que la que hay en internet y
  • (2) para poder poner a disposición de los padres información sistematizada de la seguridad y eficacia de las vacunas necesitarían contratar a personal extra del que no disponen.

En cuanto a los supuestos informes de la Asociación Española de Pediatría, carecen de absoluta validez en tanto en cuanto existe un evidente conflicto de intereses al estar esta asociación financiada casi totalmente por la industria farmacéutica.

​En cuanto a medidas de supuesta “Salud Pública”, las medidas de distanciamiento social, uso de mascarillas, lavado compulsivo de manos, desinfección sistemática, vacunación involuntaria o cualquier otra similar, son contrarias a la propia legislación básica y especial.

  • (1) Estas medidas carecen de la mínima racionalidad por cuanto no están avaladas por un informe de expertos independientes.
  • (2) Estas medidas carecen de proporcionalidad por cuanto suponen un quebranto para los niños que supera cualquier hipotético beneficio. Bajo el principio de medidas menos restrictivas de derechos, la propuesta es inaceptable.
  • (3) Estas medidas suponen la afectación de Derechos Fundamentales careciendo de rango para ello.

Por todo lo anterior, es evidente que las medidas que se han diseñado para la vuelta al colegio, -y para actividades de ocio, complementarias y extraescolares-, no cumplen con los criterios básicos de la actividad administrativa de:

  • a) Servicio efectivo a los ciudadanos.
  • b) Simplicidad, claridad y proximidad a los ciudadanos.
  • c) Participación, objetividad y transparencia de la actuación administrativa.
  • d) Racionalización y agilidad de los procedimientos administrativos y de las actividades materiales de gestión.
  • e) Buena fe, confianza legítima y lealtad institucional.
  • f) Responsabilidad por la gestión pública.
  • g) Planificación y dirección por objetivos y control de la gestión y evaluación de los resultados de las políticas públicas.
  • h) Eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados.
  • i) Economía, suficiencia y adecuación estricta de los medios a los fines institucionales.
  • j) Eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.
  • k) Cooperación, colaboración y coordinación entre las Administraciones Públicas.

Igualmente, dichas medidas obvian la legalidad básica y los derechos civiles reconocidos en la Ley de Salud Pública.

APOYA NUESTRA CAUSA. Si no quieres que maltraten a tu hijo en la escuela. Si crees que es absurdo. Si crees que es una intolerable humillación inútil o si crees que te perjudica, ……….

Accede a la información completa en la página de Scabelum:

https://www.scabelum.com/ni%C3%B1os-escuelas

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A la ministra de Educación del Gobierno de España

A la ministra de Educación del Gobierno de España

La Asociación “El Tercer Grup”, y la Asociación Scabelum, con domicilio a efectos de notificaciones en Calle Marqués de Buniel 20, en 09230 Buniel – Burgos, a partir de la decisión de sus Juntas Directivas respectivas, comparecen ante ese Ministerio y DICEN:

Primero.- Que, como se acordó en la Conferencia Sectorial de Educación celebrada el 11 de junio de 2020, el curso escolar 2020-2021 se llevará a cabo siguiendo unos consejos donde se establece un mínimo común de medidas que deberán ser adoptadas por las comunidades y ciudades autónomas en el ámbito competencial que les es propio, utilizando la figura de la Declaración de Actuaciones Coordinadas en Salud Pública, prevista en el artículo 65 de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud.

Segundo.- Que en el apartado número 2. Medidas de prevención personal del documento: MEDIDAS DE PREVENCIÓN, HIGIENE Y PROMOCIÓN DE LA SALUD FRENTE A …….. PARA CENTROS EDUCATIVOS EN EL CURSO 2020-2021.

En relación con el uso de la mascarilla, dice lo siguiente:

5.1. El uso de la mascarilla será obligatorio a partir de 6 años de edad, con independencia del mantenimiento de la distancia interpersonal o la pertenencia a un grupo de convivencia estable, sin perjuicio de las exenciones previstas en el ordenamiento jurídico. La mascarilla indicada para población sana será la de tipo higiénica y siempre que sea posible reutilizable.

Tercero: Que, según el Real decreto ley 21/2020 de 9 de Junio, respecto al uso de mascarillas, dice lo siguiente:

Artículo 6.2 Uso obligatorio de mascarillas.

La obligación no será exigible para las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla, o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.

Tampoco será exigible en el caso de ejercicio de deporte individual al aire libre, ni en los supuestos de fuerza mayor o situación de necesidad o cuando, por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias.

Cuarto: Que en el mismo real decreto ley antes mencionado, se recoge la siguiente indicación en materia educativa, a aplicar en los centros docentes:

Artículo 9. Centros docentes.

Las administraciones educativas deberán asegurar el cumplimiento por los titulares de los centros docentes, públicos o privados, que impartan las enseñanzas contempladas en el artículo 3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, de las normas de desinfección, prevención y acondicionamiento de los citados centros que aquellas establezcan.

En cualquier caso, deberá asegurarse la adopción de las medidas organizativas que resulten necesarias para evitar aglomeraciones y garantizar que se mantenga una distancia de seguridad de, al menos, 1,5 metros. Cuando no sea posible mantener dicha distancia de seguridad, se observarán las medidas de higiene adecuadas para prevenir los riesgos de contagio.

Quinto: Que, según el Consejo interterritorial del sistema nacional de salud:

La evidencia apunta que los niños, niñas y adolescentes tienen menor probabilidad de sufrir complicaciones de la enfermedad y que la mayoría de ellos presentan un cuadro de infección leve o asintomática. Además, todavía no existe suficiente evidencia científica con respecto al papel que tienen los niños y niñas en la transmisión de la enfermedad, aunque parecen tener una menor capacidad de transmisión en contextos de transmisión comunitaria controlada. En la actualidad aún se desconoce de manera precisa el impacto positivo que el cierre de las escuelas tiene en los niveles de transmisión comunitaria del COVID-19: No obstante, la evidencia disponible indica que el cierre de centros educativos, como medida aislada, tiene poca probabilidad de ser efectiva para controlar la transmisión. Además, se ha observado que, cuando se aplican medidas adecuadas de prevención e higiene, las escuelas no son espacios donde se produzca mayor propagación que otros entornos de la comunidad, como el laboral o el de ocio.

7. El uso de la mascarilla será obligatorio a partir de 6 años de edad con independencia del mantenimiento de la distancia interpersonal, sin perjuicio de las exenciones previstas en el ordenamiento jurídico. (art. 6.2 Real decreto ley 21/2020 de 9 d junio).

Sexto.- Que, por todo lo anterior citado y haciendo referencia al uso obligatorio de las mascarillas especialmente, además de discrepar con todas las medidas poco educativas, antipedagógicas y contrarias al buen desarrollo emocional y evolutivo de los niños, los firmantes no estamos conformes con esta obligatoriedad establecida, por entender injustificado el uso de las mascarillas obligatorio en alumnos y docentes en todo momento durante muchas horas al día, todos los días, todas las semanas, ya que:

– Supone un elevado riesgo para su salud física, a corto y a largo plazo: problemas cutáneos y respiratorios e infecciones bacterianas por uso de la mascarilla.

Causa problemas psicológicos, emocionales y sociales: su uso dificulta el aprendizaje de los alumnos y les impide interactuar correctamente por no poder verse las caras ni entender correctamente las palabras ni el lenguaje no verbal, lo que afecta negativamente el libre desarrollo de su personalidad (protegido en el art.10.1 CE) y su desarrollo comunicativo y educativo, hasta el punto de dañarlo y provocar fracaso escolar, ineptitudes psicosociales y trauma emocional.

Vulnera los derechos de los niños con diversidad funcional, que necesitan poder ver las caras para entenderse correctamente con los demás. Esto es una discriminación por causa de circunstancia personal, contemplada en el art. 14 CE.

Por todo lo expuesto,

SOLICITAMOS:

Primero.- Que, teniendo por presentado este escrito, se acuerde admitirlo y en su virtud tener por interpuesto RECURSO DE REPOSICIÓN contra la Resolución conjunta por la que se aprueban las medidas excepcionales de prevención y contención, coordinación y de organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19 para los centros educativos no universitarios de todo el territorio Español para el curso 2020-2021, estimando el presente y en su virtud se acuerde la revocación de esta normativa recurrida y en consecuencia se establezca la no obligatoriedad del uso de las mascarillas para los alumnos y los docentes de los centros educativos no universitarios de España.

Segundo.– Que se nos tenga como parte interesada en la implementación de la mencionada Resolución y se nos notifiquen todas las actuaciones que tengan que ver con la misma.

Tercero.- Que, en cualquier caso, se solicita la nulidad de dicha resolución conjunta por ser lesiva de Derechos Fundamentales, al amparo de la normativa de procedimiento administrativo respecto de la tramitación de actos nulos de la administración, no obstante del procedimiento que se pueda impetrar en defensa de derechos fundamentales de los niños.

Firmado:

Asociació, El Tercer Grup

scabelum ACUS

APOYA NUESTRA CAUSA. ES TU CAUSA. ES LA CAUSA DE LA HUMANIDAD

Si te han negado la entrada en una escuela o no te aceptan un certificado médico, cuenta tu caso. Si te obligan al uso de mascarilla durante educación física, cuenta tu caso. si no estás de acuerdo con obligar a tu hijo a llevar una mascarilla puesta todo el tiempo que permanezca en la escuela o instituto, cuenta tu caso. Te ayudaremos. Nos ayudaremos frente a este ataque genocida.

​Información completa en: https:
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A la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía

A la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía

Don Luis de Miguel Ortega, Abogado en ejercicio y presidente de la Asociación de Consumidores Scabelum, en nombre y representación de sus socios y simpatizantes, en tiempo y forma comparece y DICE:

PRIMERO: Que ante afirmaciones del Fiscal Especial de Familia y Discapacidad de Sevilla, que han sido vertidas en los medios de comunicación como una advertencia hacia los familiares que se nieguen a consentir el empleo de una vacuna experimental en personas mayores.

Nada más lejos de la realidad, pues las manifestaciones hechas públicas son entresacadas de otras expresiones aclaratorias que nada tienen que ver con la posibilidad amenazante de poder quitar la custodia a los tutores o ejercer una vacunación involuntaria a instancias de un procedimiento instado por la Fiscalía.

Lo cierto es que la intromisión en el consentimiento informado de una persona, por parte de los Servicios Sociales o de la Fiscalía, sólo puede ir precedido de una situación real y efectiva de desamparo, además de la negativa de una medida que esté encaminada a salvar su vida ante un riesgo real e inminente.

Como quiera que sea, los ancianos, institucionalizados o no, no están en situación de desamparo real ni en riesgo de perder la vida porque se pongan o no se pongan la vacuna.

Es por lo anterior, que la Junta de Andalucía debe aclarar si hay algún plan o protocolo para actuar en este sentido ya que, de lo contrario, estaríamos hablando de unas actuaciones flagrantemente arbitrarias y dolosas.

SEGUNDO: El Consejero de Salud y Familia de la Junta de Andalucía presumió en público de que la vacunación de la gripe en Andalucía para los mayores de 65 años iba a ser obligatoria. Toda esa bravuconada quedó reflejada en el Boja como una “obligación moral”. No obstante, en esta campaña de la gripe 2020 – 2021 consta que la vacunación de la gripe en ancianos institucionalizados ha sido sin mediar consentimiento informado válido en todos los casos. Estamos hablando de la vacunación involuntaria de unas 40.000 personas.

Lo más grave es que en esta campaña se ha empleado la vacuna FLUZONE, que carece de permiso de comercialización en la Unión Europea. Es por ello que, al riesgo de utilizar una vacuna no autorizada, le sumamos el ilícito de no contar con el consentimiento, puesto que omitir este detalle esencial del consentimiento invalida el mismo.

TERCERO: Por otra parte, en cuanto a los trabajadores y la vacuna experimental del COVID, tenemos el ejercicio antisocial de la potestad administrativa para forzar más allá de lo aceptable la vacunación de profesionales. Así, se les obliga a rellenar un formulario de consentimiento o de no consentimiento, amenazando con crear un “fichero” de personas no vacunadas.

Hay que recordar que el consentimiento es un derecho del paciente y no una obligación y que no existe regulación alguna del consentimiento de personas sanas para medidas de salud pública.

Recordar también que huelga decir que la propuesta que se hace es temeraria. Invoca el artículo 8.3 del RD 664/97 que dice bien claro que se trataría de “vacunas eficaces”, lo cual no es el caso, y confunde “poner a disposición de los trabajadores” con “coaccionar a los trabajadores”. Pues bien. Los trabajadores no tienen por qué firmar ningún documento para no vacunarse con una vacuna eficaz disponible, ni con una vacuna experimental como la que se les ofrece. Para colmo, la hoja informativa que acompaña es temerariamente falsaria.

Se trata por tanto de un obsceno y repugnante ejercicio de manipulación y falsedad que no satisface los requisitos mínimos del consentimiento informado, de una administración que ya ha utilizado en otras ocasiones vacunas no autorizadas, poniendo en riesgo a los ciudadanos y despreciando el consentimiento informado de los mismos.

Por lo expuesto SOLICITO que tengan por recibido este escrito y, en su virtud, acuerde de manera inmediata y urgente abrir expediente administrativo, y se tenga a esta parte personada ante cualquier expediente que esté relacionado con:

  • 1) Planes y protocolos de esa Consejería en relación con la apertura de procesos administrativo o judiciales conducentes a anular el consentimiento informado de las personas de la tercera edad.
  • 2) Programa de vacunación de la gripe en mayores institucionalizados con Fluzone. Número de vacunados, centros residenciales donde se ha empleado dicha vacuna. Excedentes de dicha vacuna y número personas a las que estando en programa, no han sido vacunadas. Seguimiento de efectos adversos de dicha vacuna. Responsable de dicho plan de vacunación.
  • 3) Responsables de la redacción del documento de consentimiento informado de los trabajadores y responsable de la puesta en marcha de dicho formulario, recogida de datos y tratamiento de los mismos. En cuanto a la vacunación, responsable del control de reacciones adversas.

De no entregarse acceso a estos expedientes administrativos de manera urgente, dada la gravedad de los expuesto, se presentará denuncia ante la Fiscalía previa a querella en la que ejerceremos acusación popular en el plazo de 10 días.

Para acceder al texto completo de la SOLICITUD pincha en el siguiente enlace:

https://www.scabelum.com/post/el-pp-andaluz-esa-derecha-multicolor

Más información:

https://www.scabelum.com/copia-de-inicio

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